Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1891-1892 (Cortes de 1891 a 1892)
Sesión: 10 de julio de 1891
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 102, 3000-3002
Tema: Amnistía por delitos políticos

El Sr. SAGASTA: Me levanto, Sres. Diputados, con mucho gusto, aunque con mucho calor, a satisfacer los deseos reiteradamente manifestados por algunos de los oradores que me han precedido en el uso de la palabra, y muy especialmente por mi antiguo y digno compañero el Sr. Martos, exponiéndoles mi opinión sobre el asunto que es objeto de este debate; pero no deja de ser curioso, que lo mismo el Sr. Martos, que el Sr. Baselga, que el Sr. Muro y que cuantos han tomado parte en esta discusión, se hayan dirigido con más insistencia a mí que al mismo Gobierno, como si de mí, más que del Gobierno, dependiera el resultado de este debate y, en definitiva, el éxito de sus pretensiones. (Los Sres. Martos y Muro piden la palabra.) Explicación tiene la insistencia con que el Sr. Martos se ha dirigido a mi persona, toda vez que ya nos ha hecho aquí el programa del presente y del porvenir: yo soy el Gobierno del porvenir; el Sr. Cánovas el Gobierno del presente. (El señor Martos: Así parece-Risas.) Así parece, dice el señor Martos; pues bien, yo le contesto con una frase suya: Dios sobre todo. (Risas.) Pero en fin, esto tiene su explicación; porque, si S. S. conoce la opinión del Gobierno del porvenir y del Gobierno del presente, no hay nada más natural y más justo que él quiera conocer la opinión del Gobierno del pasado. (Risas.) Yo deseo que tengan en cuenta los Sres. Diputados a quienes me cabe la honra de contestar, y que no lo olviden, que, hoy por hoy, yo no soy Gobierno; que el proyecto de amnistía que se discute no es mío, y que mi opinión influirá poco más o menos como la suya en el ánimo del Gobierno, que es quien lo ha presentado; y sobre todo, en el ánimo de la mayoría, que es la que lo ha de aprobar.

Pero así y todo ¿se quiere saber mi opinión? Pues allá va sin ambages ni rodeos. Después de todo, realmente yo no necesitaría manifestarla; porque expuesta quedó en el Senado por uno de nuestros dignos correligionarios, cuando se discutió este mismo asunto en aquel alto Cuerpo Colegislador, y manifestada ha quedado aquí por las elocuentes y concretas frases del señor general López Domínguez y no es cosa de que, en asunto tan importante, vayamos a aparecer en desacuerdo el general López Domínguez y yo y los representantes del partido liberal en el Senado con los Diputados que le representan en esta Cámara. Pero en fin, ya que, no la necesidad, la cortesía me obliga a emitir mi opinión, y entro a exponerla.

Voy a ver si puedo determinar bien la diferencia que existe entre la amnistía, entre el olvido, entre la absolución de toda pena, entre el sobreseimiento de los procesos, entre la desaparición del delito reintegro o la restitución de los derechos que antes de cometer el delito se pudieran poseer. En mi opinión, son dos cosas completamente distintas, que corresponden a poderes también distintos. Es, ante todo, la amnistía un acto esencialmente político, cuya oportunidad, cuya extensión y cuyos términos son, y no pueden menos de ser en buenos principios de gobierno, de iniciativa del Poder ejecutivo, que, en posesión de datos, de antecedentes y de noticias que los demás no podemos tener, puede determinar mejor que los demás el alcance, puede prever mejor que los demás las consecuencias, puede calcular mejor que los demás los inconvenientes y las ventajas de una medida siempre tan importante y a las veces tan trascendental. Eso no quita ni disminuye, claro está, la iniciativa parlamentaria, que no encuentra valladar ni para eso ni para nada. Son, por tanto, las amnistías actos políticos que los Gobiernos pueden y deben realizar, siempre que, cumplidos los fines de la justicia en cuanto es posible, los consideren conducentes a los altos fines de la gobernación del Estado, y porque, además, no sería justo que, tratándose de delitos políticos, se llevara el rigor de las leyes más allá de lo que exigen el reposo público y la seguridad del Estado. Esta fue, pues, la razón que yo tuve, cuando era Presidente del Consejo, para reclamar la iniciativa en estas cuestiones para el Gobierno, y esta es la razón que ahora tengo para respetar la que ha tomado el Gobierno actual bajo su exclusiva responsabilidad.

Pues bien; de aquí se deduce ya mi opinión. Como primera consecuencia, resulta que la gracia de amnistía, y aun la extensión con que se otorgue, no puede ser nunca, ni hoy, ni antes, ni después, ni bandera ni programa de ningún partido para alcanzar jamás el gobierno, y mucho menos puede servir como programa para ir al gobierno con sólo esa bandera, porque realmente todos los partidos y todos los Gobiernos son partidarios de la amnistía, cuando cumplidos los fines de la justicia, creen que puede ser base de concordia, motivo de avenencia y lazo de unión entre aquellos elementos políticos divididos por la discordia, considerando todo como medio y fundamento para consolidar las instituciones. No puede ser, por tanto, la amnistía bandera de partido alguno, porque todos igualmente entienden que la amnistía es olvido, que la amnistía no sólo hace desaparecer los efectos de la pena, sino que, además, suspende la acción de la justicia y borra en absoluto el delito, hasta el punto de que el ciudadano amnistiado queda en las mimas condiciones y con opción a los mismos derechos ante los tribunales, ante los Poderes públicos y ante la sociedad, que todos los conciudadanos que no hayan delinquido jamás.

Pero ahora, el ciudadano amnistiado, paisano o militar, funcionario público o caballero particular, ¿tiene derecho a que se le abonen todos los perjuicios que haya sufrido en sus intereses? Esa es ya una cuestión, que, en mi concepto, no tiene nada que ver con la gracia de la amnistía.

No; la amnistía es una cosa completamente distinta; la amnistía corresponde al Poder legislativo el otorgarla; pero la reintegración en el puesto que tuviera el que delinquió, la reintegración en sus hono-[3000] res e intereses, eso ya no es del Poder legislativo, sino propio del Poder ejecutivo; porque éste es la fuente de donde, conforme a las leyes, nacen los derechos y prerrogativas que tienen los ciudadanos. De consiguiente, si alguno ha perdido la capacidad necesaria para continuar desempeñando un destino o un cargo, para usar honores, o para disfrutar derechos, al recuperar aquella, es natural que, para usar los mismos honores, para disfrutar los mismos derechos, y, en una palabra, para recobrar lo que perdió, tenga que acudir al Poder ejecutivo, al Gobierno.

De modo que el olvido, sustancia y materia de la amnistía, no puede tener más significación que el efecto jurídico de convertir en persona inocente al que delinquió, de convertirle en inocente con todas las condiciones naturales, sin responsabilidad ninguna por el acto de la delincuencia, pasta el punto de que, como decía un digno correligionario nuestro, el ciudadano amnistiado, al volver a su Patria, pueda decir: aquí había una justicia que tenía derecho sobre mi, que podía encausarme, que podía considerarme como reo, que podía encarcelarme, que podía imponerme una pena; pero desde hoy esa justicia no puede nada contra mi, ni siquiera tiene el derecho de llamarme delincuente, ni de considerarme reincidente si vuelvo a delinquir. Este es el carácter de la amnistía, este es el efecto que la amnistía tiene que producir: colocar al ciudadano amnistiado en libertad enfrente de la justicia, desarmada por la gracia, sin que pueda pacer use de sus facultades.

Pero ese ciudadano amnistiado ¿es funcionario público? ¿es militar? ¿tenía derechos adquiridos? Esto ya entra en otro orden de consideraciones; este problema, en mi opinión, tiene que someterse a, otros criterios y lea de resolverse por otras reglas, criterios y reglas que tengan, naturalmente, por base la idea de que, para remediar los perjuicios sufridos por el amnistiado, no se lastimen derechos adquiridos a la sombra de la ley, ni se causen otros perjuicios iguales o mayores a personas que no delinquieron jamás.

Es claro que los Gobiernos previsores, los que aspiran a sacar todo el partido posible de estos grandes actos políticos, pueden apelar al recurso de ampliar las consecuencias de la amnistía, remediando todos los perjuicios, que se hayan causado. Yo bien sé que hay muchos que piensan, como el Sr. Martos, como el Sr. Pedregal, como el Sr. Muro y como el señor Baselga, que la amnistía no sólo es olvido y desaparición hasta del delito, sino que es además restitución de las cosas al ser y estado que tenían cuando el delito se cometió. Pues bien; esta restitución en absoluto, ¿es posible? Si fuera posible, ¿sería conveniente? Y siendo conveniente, ¿sería justa? Vamos a examinarlo con toda la calma con que debe mirarse cuestión tan grave.

Si esto fuera posible en nuestro país, sería una gran desgracia, porque demostraría que, a pesar de los esfuerzos de todos, no habíamos adelantado nada y que estábamos tan atrasados como antes. Esto sólo es posible en los países donde no impera más que la influencia, donde el capricho inspira la voluntad de los Gobiernos, donde sólo a la influencia, al capricho y a la voluntad arbitraria de los Gobiernos se deben los puestos, las consideraciones oficiales y la organización de las carreras y de los institutos, tanto civiles como militares, del Estado; donde no hay, en fin, nada estable, ni derechos adquiridos que obtengan ningún respeto, porque desde el momento en que un país está bien regido; desde el momento en que se trata de una Nación en la cual los organismos del Estado se hallan establecidos con arreglo a las leyes, y en la que todo se sujeta a reglas, en la que todo se haga pasar por el tamiz de la ley, no puede hacerse eso que se pretende, a no ser que se consienta que el beneficio que se otorgue a un amnistiado que, al fin y al cabo, delinquió, aunque se olvide su delito, resulte en perjuicio del que no haya delinquido jamás.

Entiendo, pues, que la amnistía mata la acción de la justicia, pero deja intactas todas las consecuencias sociales que caen fuera de la esfera estricta de la justicia.

No digo yo por esto que los Gobiernos no puedan satisfacer los derechos que los amnistiados crean que les asisten, y que no deban conceder aquellos resarcimientos y restituciones que sean de ley y de derecho: lo que yo afirmo es, que eso no está comprendido en la esfera de la gracia de la amnistía; lo que sostengo es, que este regateo de lo que se puede conceder y de lo que se debe negar a los amnistiados aminora la grandeza de la amnistía; lo que proclamo es, que este regateo de lo que se puede conceder y de lo que se debe negar a los amnistiados aminora la grandeza de la amnistía; lo que proclamo es, que tales casos salen fuera de la acción del Poder legislativo para entrar en las atribuciones del Poder ejecutivo, porque, al fin y al cabo, al Poder ejecutivo corresponde, con arreglo a las leyes, el reconocimiento y concesión de los empleos, de las consideraciones oficiales, de los derechos de toda especie; y si el ciudadano ha perdido esos derechos, esos empleos y esas consideraciones, claro está que para recuperarlos debe acudir a la fuente de que emanan. Y al decir esto, yo no niego que el Gobierno pueda y deba atender esas reclamaciones en lo que sea posible. Esta es mi opinión. Y voy a manifestar al Sr. Martos lo que hubiera hecho en el caso de haber sido Gobierno, al presentar el proyecto de ley. Yo hubiera traído un proyecto de amnistía, poco más o menos igual al que ha indicado el Sr. López Domínguez, con un solo artículo, sin otorgar en él como gracia de la amnistía más que el olvido y la irresponsabilidad absoluta de los amnistiados: sin aventurarme a ofrecer cosas que quizá después el Poder ejecutivo no pudiera realizar; y, además, no me habría nunca entretenido en regatear, como he dicho antes, lo que debía conceder y lo que había de negar, porque me parece que eso lastima al mismo amnistiado.

Concedida la amnistía de esta manera, que es muy semejante a la que propone el Gobierno, quitado el art. 5º; concedida la amnistía de esta manera, los amnistiados pueden aceptarla sin humillación ninguna, porque, en realidad, es el país quien los llama, y los llama sin otorgarles favor alguno, sin que tengan que agradecerlo, pero sin inferirles tampoco agravio; y una vez en el país, una vez amnistiados, pueden con la frente levantada reclamar, por los medios que las leyes tienen establecidos, aquellos derechos, aquellos puestos, aquellas restituciones a que se consideren con justicia acreedores: el funcionario público reclamaría su destino, el ingeniero su puesto, el catedrático su cátedra, el militar su empleo; y el Poder ejecutivo, oyendo a los Cuerpos consultivos especiales y teniendo presentes las leyes aplicables a cada caso, resolvería, olvidando otras consideraciones, lo que creyese, primero justo y, con-[3001] ducente después a la consecución de los altos fines que con estos actos de tanta trascendencia se persiguen, que son la más pronta y estable reconciliación de todos los ciudadanos sobre el suelo de la Patria.

No hay nadie que deseara más que yo que no existiera ningún español que no pudiese vivir en su Patria al amparo de sus leyes, a la sombra de sus Poderes públicos, al igual de todos los demás ciudadanos y gozando de los derechos que disfrutan todos los españoles; y por desearlo tanto, por creer que la ley que realizara estos fines sería digno remate de las tareas parlamentarias, de las primeras Cortes de la Regencia, y porque entonces era la ocasión más oportuna, por eso dejé para aquella hora la presentación de un proyecto de amnistía, que por las circunstancias en que se iba a otorgar hubiera podido tener más alcance y más amplitud que tiene la que se propone en el proyecto que estamos discutiendo.

Yo creía que la celebración del trascendental cambio político realizado en este país, que la inauguración del nuevo estado de derecho, que el coronamiento espléndido de la obra realizada en el primer periodo de la Regencia, y sobre todo, para solemnizar un acontecimiento extraordinario que ha podido realizarse a poca costa, y que sin embargo no se ha conseguido desde que se estableció el sistema representativo en España, y más que por todo, como digno recibimiento a S. M. la Reina Regente cuando hubiera venido al Palacio de la Representación Nacional en medio de las aclamaciones populares para realizar un acto que no han podido llevar a cabo ninguno de los Monarcas españoles desde hace mucho tiempo; yo creía, repito, que para todo esto podría prepararse una gran fiesta social, que gran fiesta social es aquella que lleva el remedio a muchos males y que enjuga muchas lágrimas; fiesta social con la que al mismo tiempo se satisfacían los sentimientos generosos y los móviles elevados de S. M. la Reina.

Y yo creía que en tales circunstancias la amnistía podía extenderse mucho más, que la amnistía podía abrazar no sólo los delitos de rebelión, que son los primeros que comprende el proyecto que se discute, sino los delitos de imprenta, que también creo están ya incluidos; además los delitos electorales, porque hay muchas personas y Ayuntamientos que están sufriendo persecuciones, más que por delitos verdaderos, por delitos supuestos; y en una palabra, todos los delitos que tengan cualquier relación con la política, y además aquellos otros que, sin tener relación con la política, y además aquellos otros que, sin tener relación con la política, no reconocen como móviles la perversidad de sentimientos, sino arrebatos de momento, falsa idea del honor y nobles pasiones mal entendidas por la falsa dirección de la voluntad. Así creía yo que podía llevarse el consuelo al seno de muchas más familias; así creía satisfacer los nobles sentimientos de S. M. la Reina Regente en nombre de su augusto hijo el Rey D. Alfonso XIII, en cuyo reinado, que comenzó con un grande y extraordinario acto de clemencia, no hay ambiente más que para el bien, que al mismo tiempo que templa y amortigua el rigor de las leyes, purifica todas las manifestaciones nacionales, pareciendo como que está envuelto en ondas sonoras que no saben repercutir en sus ecos sino estas hermosas palabras: perdón, generosidad y amor, perdón para el delincuente, generosidad para el vencido y amor para todos los españoles. He dicho. (Muy bien.)



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